Micelio
Auto15 de marzo de 2001

A- de 2001

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Otalora Otalora Berenice·Demandado Saludcoop

Tema · dato duro
Solicitud Nulidad Por Conflicto De Competencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

5 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se declaró la nulidad de todo lo actuado en la tutela interpuesta por la ciudadana de la referencia contra SALUDCOOP E.P.S., a partir del auto proferido por el Juzgado Dieciséis laboral del Circuito de Bogotá.

El citado despacho judicial con base en el Decreto 1382 de 2000, en vez de darle trámite, remitió nuevamente el expediente a la Oficina Judicial de Bogotá, para que este proceso fuera repartido a los Juzgados Municipales (civiles o penales).

Como quiera que este Decreto resulta contrario a la Constitución, la Corte encontró que en el presente caso ha debido inaplicarse, y que no podía servir de fundamento para la competencia del juez que profirió la decisión de instancia.

En consecuencia, se ordenó remitir el expediente al mencionado Juzgado para que realice el trámite que corresponda conforme a la Ley.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DECLARAR la nulidad de todo lo actuado en la accion de tutela interpuesta por Berenice Otalora contra SALUDCOOP E.P.S., a partir del auto de 26 de octubre de 2000, proferido por el Juzgado Dieciseis laboral del Circuito de Bogota.
  2. Segundo. REMITASE el expediente por Secretaria al Juzgado Dieciseis Laboral del Circuito de Bogota, para que de manera inmediata se le imprima a esta accion de tutela el tramite que corresponda conforme a la Ley.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.